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Guía práctica · hábeas data

Hábeas data en Colombia: cómo reclamar y acudir a la SIC

Qué ley aplica, qué plazos corren, qué se pide y ante quién, paso a paso, con modelos de escrito.

Folio 011

El hábeas data es el derecho a conocer, actualizar y rectificar la información que una empresa o una entidad tiene sobre una persona, y se ejerce con un camino de pasos y plazos que la ley fija. Esta guía de hábeas data en Colombia explica cuándo se aplica la Ley 1581 de 2012 y cuándo la Ley 1266 de 2008, cómo se hacen la consulta y el reclamo, qué ocurre si no hay respuesta, cómo se llega a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y qué se puede esperar del derecho de petición. Al final hay modelos de escrito que se arman en el navegador. Es información general: no sustituye la asesoría de un abogado.

¿Ley 1581 o Ley 1266?

La Ley 1581 de 2012 es el régimen general de protección de datos personales: se aplica a los datos personales en cualquier base de datos, pública o privada, y excluye expresamente las bases reguladas por la Ley 1266 de 2008. Esta última es la ley del hábeas data financiero y regula la información financiera, crediticia, comercial y de servicios, es decir, la que se refiere al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias. El artículo 32 de la Ley 1755 de 2015 remite a la ley de hábeas data las peticiones ante quienes administran ese tipo de bases.

Qué ley aplica según el caso.
SituaciónLeyAnte quién se reclama
Una empresa usa mi teléfono, correo o datos personales sin autorización1581 de 2012Responsable o encargado del tratamiento; luego, la SIC
Un reporte negativo en una central de riesgo es incorrecto o está vencido1266 de 2008Operador o fuente; luego, la SIC
Quiero información de una autoridad públicaLey 1755 de 2015 (petición)La autoridad
Qué ley aplica según el casoDatos en una empresa: Ley 1581. Reporte en una central de riesgo: Ley 1266. Información de una autoridad: Ley 1755.¿Qué ley aplica?Datos en una empresaLey 1581 · responsableReporte de riesgoLey 1266 · operadorInformación públicaLey 1755 · petición
Qué ley aplica según el caso.

Paso 1. La consulta

La consulta sirve para saber qué datos tiene una organización sobre uno. Se presenta por el medio que el responsable habilite, dejando prueba, y debe atenderse en un máximo de diez días hábiles desde su recibo; si no es posible, el responsable debe informar los motivos y la nueva fecha, que no puede superar cinco días hábiles después del vencimiento del primer plazo (artículo 14 de la Ley 1581). Según el artículo 21 del Decreto 1377 de 2013, la consulta es gratuita al menos una vez cada mes calendario. Quien pide debe acreditar su identidad; también pueden hacerlo los causahabientes, el representante o apoderado (artículo 20 del mismo decreto).

Paso 2. El reclamo

El reclamo es la solicitud para corregir, actualizar o suprimir datos, o para revocar la autorización. Se dirige al responsable o al encargado y debe incluir la identificación del titular, la descripción de los hechos, la dirección y los documentos que se quieran hacer valer (artículo 15, numeral 1). Si está incompleto, se requiere al interesado dentro de los cinco días siguientes a su recepción; si pasan dos meses sin que complete la información, se entiende que desistió. Quien reciba un reclamo que no le corresponde debe dar traslado a quien corresponda en máximo dos días hábiles.

Con el reclamo completo, en un máximo de dos días hábiles debe incluirse en la base de datos la leyenda «reclamo en trámite» y su motivo, que se mantiene hasta que se resuelva. El plazo para responder es de quince días hábiles desde el día siguiente al recibo; si no es posible, se informan los motivos y la nueva fecha, que no puede superar ocho días hábiles después del vencimiento del primer plazo (artículo 15, numerales 2 y 3).

Plazos de consulta y reclamo en la Ley 1581 de 2012Dos días hábiles para la leyenda reclamo en trámite; diez para una consulta, con cinco más con motivos; quince para un reclamo, con ocho más con motivos; después, la queja ante la SIC.Plazos de la Ley 1581todos en días hábiles2 díasleyenda «reclamo en trámite»10 díasconsulta (+5 con motivos)15 díasreclamo (+8 con motivos)Despuésqueja ante la SIC
Plazos principales de la consulta y el reclamo en la Ley 1581 de 2012.

La supresión y la revocatoria de la autorización

El artículo 8 de la Ley 1581 reconoce al titular el derecho a revocar la autorización y a solicitar la supresión de los datos. Su literal e) condiciona la revocatoria y la supresión a que la SIC haya determinado que el responsable o el encargado incurrió en conductas contrarias a la ley, mientras que el artículo 9 del Decreto 1377 de 2013 prevé pedirlas mediante un reclamo; si vencido el término legal no se eliminan los datos, el titular puede pedir a la SIC que ordene la revocatoria o la supresión. La supresión no procede si el titular tiene un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos. Por eso lo prudente es presentar el reclamo, esperar el plazo y, si no hay respuesta o es inadecuada, acudir a la SIC, sin dar por hecho que el borrado es automático.

Paso 3. La queja ante la SIC

La SIC, a través de la Delegatura para la Protección de Datos Personales, vigila el cumplimiento de la Ley 1581. El artículo 16 establece el requisito de procedibilidad: solo se puede elevar la queja una vez agotado el trámite de consulta o reclamo ante el responsable o el encargado. En su página de consultas y reclamos, la SIC precisa que recibe el asunto cuando han pasado quince días hábiles sin respuesta o cuando la respuesta fue inadecuada.

Según las preguntas frecuentes de la Delegatura (2022), la queja debe contener el nombre completo y la identificación de quien la presenta (con poder, si actúa un apoderado), el nombre y la identificación de la persona o empresa denunciada, el relato completo de los hechos, copia de los documentos que los respaldan y las pretensiones. Para los asuntos de la Ley 1266 conviene anexar copia de la reclamación hecha ante la empresa. Los canales que esa fuente menciona son el correo [email protected] con el asunto «Queja por Protección de Datos Personales», la Servilínea y la atención presencial en la carrera 13 n.º 27-00, piso 1, de Bogotá. Como la fuente es de 2022, conviene confirmar los canales vigentes en el sitio de la SIC. Entre las medidas que puede adoptar la SIC, el artículo 21 incluye ordenar el acceso, la rectificación, la actualización o la supresión de los datos y disponer el bloqueo temporal cuando exista un riesgo cierto de vulneración.

El camino de un reclamo de datos personalesConsulta o reclamo ante la empresa, espera del plazo, sin respuesta o respuesta inadecuada, y queja ante la SIC.El camino de un reclamoen la Ley 15811 · Consulta o reclamoante la empresa2 · Esperar el plazo10 o 15 días hábiles3 · Sin respuestao respuesta inadecuada4 · Queja ante la SICpuede ordenar medidas
El camino de un reclamo de datos personales.

Datos financieros y centrales de riesgo

Para la información financiera, el artículo 16 de la Ley 1266 distingue al operador, que administra la información, de la fuente, que la suministra. Si el reclamo se presenta ante el operador y la información viene de una fuente, el operador la traslada en dos días hábiles, la fuente responde en diez días hábiles y el operador contesta al titular en quince días hábiles, prorrogables ocho días hábiles con motivos. Si el reclamo se presenta ante la fuente, esta lo resuelve directamente y avisa al operador. Si el reclamo está incompleto, el requerimiento tiene un plazo de un mes antes del desistimiento.

Sobre el tiempo de permanencia, el artículo 13 de la Ley 1266, en el texto que incorporó la Ley 2157 de 2021, dice que el dato negativo permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de cuatro años desde que se paguen las cuotas o se extinga la obligación, y que caduca a los ocho años desde que la obligación entró en mora, momento en que debe eliminarse. La SIC ofrece además el canal SIC Facilita para algunos trámites y recomienda, en caso de suplantación, denunciar ante la Fiscalía el delito de falsedad personal y pedir una alerta de suplantación a los operadores.

Permanencia y caducidad del dato negativoMáximo cuatro años desde que se paga o se extingue la obligación; caduca a los ocho años desde que entra en mora.Dato negativoLey 1266, art. 13Permanece como máximo4 añosdesde que se pagaCaduca a los8desde que entra en moraY entonces debe eliminarse.
Permanencia y caducidad del dato negativo, según el artículo 13 de la Ley 1266.

El derecho de petición

El derecho de petición se regula en los artículos 13 a 33 del CPACA, sustituidos por la Ley 1755 de 2015. Es gratuito y puede ejercerse sin abogado. La regla general es que toda petición se resuelve dentro de los quince días siguientes a su recepción; las de documentos e información, en diez, y las consultas, en treinta. Una petición debe indicar la autoridad a la que se dirige, los nombres y apellidos completos y el documento de identidad del peticionario, su dirección de correspondencia, el objeto, las razones, la relación de documentos y la firma cuando corresponda; el artículo 16 aclara que no puede rechazarse por fundamentación inadecuada o incompleta. Si está incompleta, la autoridad requiere al peticionario dentro de los diez días siguientes a la radicación para que la complete en un máximo de un mes. Ante organizaciones privadas procede para garantizar derechos fundamentales (artículo 32).

Plazos del derecho de peticiónQuince días para la petición general, diez para documentos e información, treinta para consultas.Derecho de peticiónplazos del artículo 1415 díaspetición general10 díasdocumentos e información30 díasconsultas
Plazos de la petición según el artículo 14 del CPACA, sustituido por la Ley 1755 de 2015.

Derecho al olvido y sentencia T-277 de 2015

La sentencia T-277 de 2015 se refiere a una persona que, tras salir de un proceso penal por prescripción de la acción, quería que una nota de la Casa Editorial El Tiempo que la vinculaba con la trata de personas no apareciera al digitar su nombre en buscadores. La Corte revocó la orden de «eliminar y borrar» del juez de segunda instancia y ordenó a la casa editorial dos cosas: actualizar la nota para informar que la persona no fue vencida en juicio y neutralizar, con robots.txt, metatags u otra herramienta similar, el libre acceso a la noticia a partir de su nombre. No ordenó nada contra el buscador, porque consideró que la vulneración no era imputable a Google y que no accedía a la desindexación por el principio de neutralidad de la red, y tampoco ordenó borrar la noticia. Es un antecedente sobre un caso concreto, no una norma general de borrado.

Llamadas y mensajes de cobranza

La Ley 2300 de 2023 regula los canales, el horario y la periodicidad con que se puede contactar a los consumidores para cobrar. Solo se puede contactar por los canales que ellos autoricen; de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y los sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., sin domingos ni festivos, y no se puede contactar a las referencias personales. Su artículo 5 extiende la regla a los mensajes comerciales o publicitarios y exige un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar su recepción, salvo que exista el deber contractual de permanecer en la base de datos de cobro. La ley no crea un trámite específico de borrado del número.

Modelos de escrito

Los modelos siguientes se arman en el navegador: los datos que se escriben no se envían a ningún servidor ni se guardan. Se elige el tipo de escrito, se completan los campos y se copia o se imprime el texto. No son un formato oficial de la SIC, que en las páginas consultadas no publica ninguno, y son orientativos: conviene revisarlos y, en un caso complejo, consultar a un abogado.

Sin JavaScript, los mismos modelos están a continuación como texto, con los espacios en blanco para completar.

Consulta de datos (Ley 1581, art. 14)
Señores ________

Asunto: Consulta de datos personales (Ley 1581 de 2012, artículo 14)

Yo, ________, identificado(a) con ________, en mi calidad de titular de los datos, presento esta consulta con fundamento en el artículo 15 de la Constitución Política y en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012.

Hechos: ________

Solicito: 1. Que me informen qué datos personales míos reposan en sus bases de datos, con la información completa y la finalidad de su tratamiento. 2. Que me entreguen copia de la autorización que me atribuyen (artículo 8, literal b). ________

La consulta debe atenderse en un máximo de diez (10) días hábiles contados desde su recibo; si no es posible, deben informarme los motivos de la demora y la fecha en que la atenderán, que no puede superar cinco (5) días hábiles después del vencimiento del primer plazo (artículo 14).

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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________, ________
Reclamo: actualizar o rectificar (Ley 1581, art. 15)
Señores ________

Asunto: Reclamo para actualizar o rectificar datos personales (Ley 1581 de 2012, artículos 8 y 15)

Yo, ________, identificado(a) con ________, en mi calidad de titular de los datos, presento este reclamo con fundamento en el artículo 15 de la Constitución Política y en los artículos 8 y 15 de la Ley 1581 de 2012.

Hechos: ________

Solicito: 1. Que actualicen o rectifiquen los datos descritos en los hechos. ________ 2. Que incluyan en la base de datos, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la leyenda «reclamo en trámite» y el motivo del reclamo, y que la mantengan hasta que se decida (artículo 15, numeral 2). 3. Que me respondan dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de este reclamo; si no es posible, que me informen los motivos y la nueva fecha, que no puede superar ocho (8) días hábiles después del vencimiento del primer plazo (artículo 15, numeral 3).

Si no recibo respuesta o esta es inadecuada, acudiré ante la Superintendencia de Industria y Comercio (artículo 16).

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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________, ________
Reclamo: suprimir o revocar la autorización (Ley 1581, art. 8 y 15)
Señores ________

Asunto: Reclamo para suprimir datos personales y revocar la autorización (Ley 1581 de 2012, artículos 8 y 15)

Yo, ________, identificado(a) con ________, en mi calidad de titular de los datos, presento este reclamo con fundamento en el artículo 15 de la Constitución Política, en los artículos 8, literal e), y 15 de la Ley 1581 de 2012 y en el artículo 9 del Decreto 1377 de 2013.

Hechos: ________

Solicito: 1. Que revoquen la autorización que me atribuyen y supriman mis datos personales de sus bases de datos. ________ 2. Que, si consideran que no procede la supresión porque existe un deber legal o contractual de que permanezcan en la base de datos, me respondan de forma motivada indicando cuál es ese deber. 3. Que incluyan la leyenda «reclamo en trámite» dentro de los dos (2) días hábiles siguientes (artículo 15, numeral 2). 4. Que me respondan dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de este reclamo (artículo 15, numeral 3).

Si vencido el término no se suprimen los datos, pediré a la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la revocatoria o la supresión (artículo 9 del Decreto 1377 de 2013 y artículo 16 de la Ley 1581 de 2012).

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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________, ________
Reclamo a una central de riesgo o a la fuente (Ley 1266, art. 16)
Señores ________

Asunto: Reclamo de corrección o actualización de información financiera (Ley 1266 de 2008, artículo 16)

Yo, ________, identificado(a) con ________, en mi calidad de titular de la información, presento este reclamo con fundamento en el artículo 15 de la Constitución Política y en el artículo 16 de la Ley 1266 de 2008.

Hechos: ________

Solicito: 1. Que corrijan o actualicen la información descrita en los hechos. ________ 2. Que incluyan en mi registro la leyenda «reclamo en trámite» dentro de los dos (2) días hábiles siguientes. 3. Que me respondan dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de este reclamo; si no es posible, que me informen los motivos y la nueva fecha, que no puede superar ocho (8) días hábiles después del vencimiento del primer plazo.

Si el reclamo se presenta ante un operador y la información proviene de una fuente, solicito que le den traslado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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________, ________
Derecho de petición (Ley 1755 de 2015)
Señores ________

Asunto: Derecho de petición (artículos 13 a 16 del CPACA, sustituidos por la Ley 1755 de 2015)

Yo, ________, identificado(a) con ________, presento esta petición respetuosa con fundamento en el artículo 23 de la Constitución Política y en los artículos 13 a 16 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituidos por la Ley 1755 de 2015.

Razones: ________

Objeto de la petición: ________

Solicito que la petición se resuelva dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción; si se trata de una petición de documentos o de información, dentro de los diez (10) días; y si es una consulta, dentro de los treinta (30) días (artículo 14).

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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________, ________
Queja ante la SIC (Ley 1581, art. 16)
Superintendencia de Industria y Comercio, Delegatura para la Protección de Datos Personales

Asunto: Queja por Protección de Datos Personales

Yo, ________, identificado(a) con ________, presento esta queja contra ________ por presunta infracción de la Ley 1581 de 2012, con fundamento en el artículo 8, literal d), y en el artículo 16 de esa ley.

Relato de los hechos: ________

Trámite previo: agoté el reclamo ante ________. ________

Pretensiones: ________

Entre otras medidas, pido que la Superintendencia investigue y, si corresponde, ordene el acceso, la rectificación, la actualización o la supresión de mis datos (artículo 21).

Notificaciones: ________ · ________
Anexos: ________

Atentamente,

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Qué conviene tener en cuenta

Todo escrito debe presentarse por un medio que deje constancia: la fecha de radicación es la que cuenta para los plazos. Conviene guardar copia del escrito, los anexos y la respuesta. Los plazos de la Ley 1581 y de la Ley 1266 son en días hábiles; el texto de la Ley 1755 que se consultó dice «días» sin precisar, por lo que, ante un plazo apretado, conviene contarlos de la forma más conservadora. Las normas pueden cambiar: el texto de la Ley 1266 que publica el Senado ya incorpora reformas recientes, y por eso esta guía solo afirma lo que se pudo leer en las fuentes enlazadas. El marco general de los derechos digitales está en la guía de derechos digitales en Colombia.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué es el hábeas data?

Según la Superintendencia de Industria y Comercio, es el derecho de toda persona a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bancos de datos de naturaleza pública o privada. Tiene base en el artículo 15 de la Constitución.

¿Qué ley aplica a mi caso: la 1581 o la 1266?

La Ley 1581 de 2012 es el régimen general de datos personales y excluye las bases reguladas por la Ley 1266 de 2008. La 1266 regula la información financiera, crediticia, comercial y de servicios: lo que figura en una central de riesgo se reclama por esa vía, ante el operador o la fuente. Para los demás datos, como el teléfono en la base de una empresa, rige la 1581.

¿Cuánto tiene una empresa para responder una consulta o un reclamo?

Según la Ley 1581, una consulta se atiende en un máximo de diez días hábiles, prorrogables cinco más con motivos, y un reclamo en quince días hábiles, prorrogables ocho más con motivos. En la Ley 1266, el reclamo ante el operador también es de quince días hábiles.

¿Puedo acudir directamente a la SIC?

No. El artículo 16 de la Ley 1581 establece como requisito de procedibilidad haber agotado antes la consulta o el reclamo ante el responsable o el encargado del tratamiento. La SIC explica que recibe la queja cuando han pasado quince días hábiles sin respuesta o cuando la respuesta fue inadecuada.

¿Me pueden borrar los datos automáticamente?

No hay garantía de supresión automática. El artículo 8, literal e), de la Ley 1581 condiciona la revocatoria y la supresión a que la SIC determine una conducta contraria a la ley, y el artículo 9 del Decreto 1377 de 2013 prevé pedirla mediante un reclamo; si no se atiende en el plazo, se puede pedir a la SIC que la ordene. Tampoco procede si existe un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.

¿Existe un «derecho al olvido» general en la ley?

No hay una norma que lo establezca de forma general. La sentencia T-277 de 2015 resolvió un caso concreto: la Corte ordenó a una casa editorial actualizar una nota y neutralizar su búsqueda por el nombre de la persona con robots.txt o metatags, pero no ordenó nada contra el buscador ni borrar la noticia.

¿Cuánto tiempo puede estar un dato negativo en una central de riesgo?

Según el artículo 13 de la Ley 1266, en el texto que incorporó la Ley 2157 de 2021, el dato negativo permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de cuatro años desde que se pague o se extinga la obligación, y caduca a los ocho años desde que la obligación entró en mora.

¿La ley me permite cancelar mensajes de cobranza o publicidad?

La Ley 2300 de 2023 regula los canales autorizados, los horarios y la periodicidad del contacto de cobranza y exige a quien envía mensajes un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar su recepción, salvo que exista el deber contractual de permanecer en la base de datos de cobro. No crea un trámite de borrado del número.

¿Qué es un derecho de petición y cuánto tarda?

Es la solicitud respetuosa a una autoridad (y, en los casos del artículo 32, a organizaciones privadas) por motivos de interés general o particular. La regla general es de quince días desde su recepción; para documentos e información, diez; para consultas, treinta, según el artículo 14 del CPACA, sustituido por la Ley 1755 de 2015.

¿Estos modelos son un formato oficial de la SIC?

No. En las páginas de la SIC consultadas no hay un formato oficial para estos escritos. Los modelos de esta página son orientativos, se arman en el navegador sin enviar ningún dato y no sustituyen la asesoría de un abogado.

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